CPA FERRERE
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Régimen especial de comercio de frontera y exoneración de aportes patronales

El Decreto Nº 84/026 incorpora un nuevo inciso al artículo 1º del Decreto Nº 236/025, extendiendo el alcance de la exoneración de aportes jubilatorios patronales correspondiente a nuevos empleos generados en el marco del régimen especial de comercio de frontera.
 
La modificación amplía el alcance territorial del beneficio, incluyendo actividades desarrolladas en zonas de frontera con la República Argentina, en línea con las medidas adoptadas para mitigar las asimetrías comerciales en departamentos fronterizos.
 
La exoneración aplica respecto de nuevos puestos de trabajo generados por empresas comprendidas en el régimen especial de comercio de frontera, manteniéndose las restantes condiciones y requisitos establecidos por el Decreto Nº 236/025.
 
La disposición comenzará a regir a partir del 1º de mayo de 2026.