CPA FERRERE
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Reducción del IMESI aplicable a las enajenaciones de nafta en las proximidades de pasos de frontera

A partir de la Resolución DGI Nº 2196/026 se actualizan los porcentajes de reducción del IMESI aplicables a las ventas de nafta efectuadas por estaciones de servicio ubicadas en zonas de frontera, para las operaciones realizadas a partir del 1º de octubre de 2026.

Para las estaciones ubicadas dentro de los primeros 20 km del paso de frontera, la reducción se fija en un 24% para la frontera con Argentina y en un 32% para la frontera con Brasil.

Para las estaciones ubicadas entre los 20 km y los 60 km, la reducción corresponde al 50% de dichos porcentajes, por lo que queda establecida en un 12% y un 16%, respectivamente.

En síntesis, la resolución incrementa en dos puntos porcentuales la reducción del IMESI aplicable a determinadas estaciones de servicio vinculadas a la frontera con Argentina, mientras que mantiene sin modificaciones los beneficios vigentes para la frontera con Brasil.