CPA FERRERE
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Nuevos valores de percepción del IVA industria avícola

Mediante la Resolución DGI N.º 1427/025, se fijan los valores fictos vigentes a partir del 1º de setiembre de 2025, aplicables al régimen de percepción del IVA, correspondiente a la comercialización de aves de las especies que se indican.

Para las ventas de menudencias, la percepción del IVA se calculará, en todos los casos, aplicando la tasa mínima del tributo al 20% del precio de venta correspondiente, excluido el propio impuesto.