CPA FERRERE
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Novedades impositivas | Junio - Julio 2024 | Otra información de interés

Campaña de IRPF-IASS 2024

El pasado 8 de julio empezó el plazo para presentar la declaración jurada anual de IRPF correspondiente a 2023, que se extiende hasta el 29 de agosto y se puede realizar a través de servicios en línea en la página de DGI.

El IRPF es un impuesto que se liquida de forma anual, para el que se realizan anticipos mensuales por parte de los trabajadores dependientes a través de las retenciones realizadas por los empleadores, y anticipos bimensuales por parte de los trabajadores independientes.

Para aquellos trabajadores dependientes que tienen un solo empleo en el año y trabajaron en el mes de diciembre el crédito o saldo a pagar se compensa en la liquidación mensual del último mes.

Aquellos trabajadores dependientes que tengan más de un empleador, los que no hayan tenido ingresos en diciembre y, además, aquellos cuyos ingresos anuales superen los $881.055 nominales, deberán presentar declaración jurada de forma anual.

También deberán hacerlo los trabajadores independientes profesionales y no profesionales, sin importar el monto de ingresos, y que no tributen IRAE de forma preceptiva o por opción.

Se consideran adicionalmente como deducciones los aportes jubilatorios y los pagos de FONASA correspondientes al ejercicio 2023, así como también un importe por hijos menores a cargo.

Por otro lado, se pueden deducir los pagos por arrendamiento para vivienda realizados durante el ejercicio, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. Dicho crédito es de un 8% del arrendamiento efectivamente abonado en el año, cuyo arrendador deberá ser identificado en la declaración, y el contrato deberá tener un plazo igual o mayor a un año.

También se podrán descontar los pagos por cuota hipotecaria para compra de vivienda bajo ciertas condiciones y aplicando un tope máximo.

Es importante destacar que DGI propone una declaración precargada que se podrá aceptar o modificar agregando deducciones, créditos por alquiler o hipotecarios o ingresos.

La declaración jurada presentada podrá dar un crédito a favor del contribuyente o un saldo a pagar.

En los casos en que, de un crédito a favor del contribuyente, la DGI lo depositará en la institución bancaria elegida por el contribuyente según el número de cuenta correspondiente o, en caso de no haber elegido ningún banco, estará disponible para el cobro en redes de cobranza. Por otro lado, en los casos que dé un saldo a pagar, este se puede abonar hasta en 5 cuotas iguales con los siguientes vencimientos:

El importe podrá cancelarse en menor cantidad de cuotas, pero siempre teniendo en cuenta el primer vencimiento.

Nueva numeración del RUT

A partir del mes de julio, el Registro Único Tributario (RUT) tendrá una numeración más simplificada, que se aplicará únicamente a los nuevos contribuyentes que se inscriban.

Los dos primeros dígitos del RUT corresponderán al número 22, independientemente del departamento o localidad donde se realiza la inscripción. Los restantes diez dígitos mantendrán las reglas ya establecidas.

Los contribuyentes ya inscriptos mantendrán sus números actuales.

Declaración jurada IVA servicios personales con datos precargados – Formulario 1302 (versión en línea)

Este servicio facilita la elaboración y presentación de la Declaración Jurada 1302 de IVA Servicios Personales, al proporcionar información precargada a aquellos contribuyentes comprendidos en el régimen de IVA Servicios Personales.

En una primera instancia, estuvo disponible para contribuyentes incluidos en factura electrónica en el año 2022 y a partir del período 2023 se incorpora además a los no emisores.

Se genera en base a información presentada por el contribuyente y por terceros, y se actualiza siempre al momento del ingreso.

El plazo para presentar la declaración jurada 1302 es hasta el 29 de agosto de 2024.

La presentación de la declaración requiere contar con billetera electrónica o contrato de adhesión, o de lo contrario puede pagar el timbre profesional en línea.

Permite además generar automáticamente las solicitudes de certificado de crédito electrónicas y los boletos de pago, en caso de que corresponda.

IRAE pagos mínimos franja ejercicios cerrados al 30-06-2024

Los pagos mínimos mensuales de IRAE para ejercicios cerrados el 30-06-2024 son los siguientes: