Consulta DGI | Plataforma digital desarrollada y gestionada por SAS
- 13.02.2026
- Uruguay
Una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) consulta el tratamiento tributario aplicable a la actividad consistente en el desarrollo y gestión de una plataforma digital que conecta distribuidores con comercios minoristas, facilitando la compra y venta de productos de abastecimiento.
La DGI concluye que los ingresos derivados de dicha actividad provienen de la combinación de capital y trabajo, en tanto la gestión de la plataforma digital y de los pagos asociados a las transacciones constituye una renta empresarial, conforme al artículo 12 literal B) numeral 1 del Título 4 del Texto Ordenado 2023.
En consecuencia, para la liquidación del IRAE en forma ficta, corresponde aplicar la escala prevista en el inciso tercero del artículo 64 del Decreto Nº 150/007, correspondiente a rentas empresariales.
Asimismo, la SAS podrá quedar comprendida en el régimen de IVA mínimo, siempre que sus ingresos anuales no superen las UI 305.000, de acuerdo con lo dispuesto por el literal E) del artículo 66 del Título 4 del Texto Ordenado 2023.