Consulta DGI - Subgestor de fondo extranjero sobre establecimiento permanente
- 14.08.2025
- Uruguay
Se consulta si la actividad de un sub-gestor uruguayo, que administra una cartera específica de un fondo de inversión extranjero, podría configurar un establecimiento permanente (EP) del fondo en Uruguay.
El fondo es gestionado por una entidad estadounidense, que delega parte de su gestión a terceros, entre ellos un sub-gestor australiano, quien a su vez contrata a una sociedad uruguaya (SAS) para prestar servicios a través de su único empleado y accionista.
La DGI entiende que esta actividad no configura EP del fondo extranjero, dado que existe una clara separación entre la función del fondo (mantener activos financieros) y la del grupo gestor (toma de decisiones y gestión activa). Esta diferenciación es reconocida por el Decreto Nº 408/012 y por el artículo 1º del Decreto Nº 150/007.
No se descarta que la actividad del sub-gestor uruguayo pueda generar un EP del sub-gestor australiano en Uruguay.