CPA FERRERE
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Consulta DGI: Rescisión y nuevo contrato de superficie en inmuebles rurales

Personas físicas que habían constituido un derecho real de superficie sobre inmuebles rurales consultan el tratamiento fiscal aplicable a la rescisión del contrato vigente y posterior firma de uno nuevo, en el que se mantendrán las condiciones pactadas salvo en lo referido al plazo estipulado (2025-2050).

Parte del nuevo plazo (2025-2037) ya fue considerado en una liquidación de IRPF, y en virtud de esto se consulta si el importe puede imputarse al nuevo contrato o si corresponde solicitar certificados de credito.

Al tratarse de una rescisión contractual, corresponde reliquidar el impuesto ajustando la renta al nuevo plazo. En efecto, debe solicitar el credito fiscal por el excedente. El plazo de prescripción del credito comienza en la fecha de rescisión. Posteriormente por el nuevo contrato deben presentar una nueva declaración jurada.

En el escenario que no exista una rescisión formal, sino solamente una modificación del plazo original se tributara por la diferencia entre los plazos sin reliquidar la declaración jurada.