CPA FERRERE
CPA FERRERE

Actualización de valores de percepción del IVA para carnes y menudencias

Se fija, mediante la Resolución DGI N.º 1425/025, a partir del 1º de setiembre de 2025, los nuevos valores por kilo de venta al público de carne bovina y ovina y sus menudencias, a efectos de la percepción del IVA, así como el IVA que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.

1°) Para practicar la percepción a que refiere el numeral 1º) de la Resolución Nº 451/985, se fijan los siguientes precios fictos por kilo de venta al público sin IVA:

2°) Fíjase en el 20% el valor agregado en la etapa minorista a que hace mención el numeral 2º) de la Resolución Nº 451/985.

3°) Para practicar la percepción establecida en el numeral 3º) de la Resolución Nº 451/985, los precios a multiplicar por los kilos de carnes y menudencias obtenidas en la faena serán los siguientes:

4º) Los contribuyentes mencionados en el numeral 5º) de la Resolución Nº 451/985, computarán como impuesto los siguientes importes: